¿La Ley de la Segunda Oportunidad se aplica a las deudas con la Seguridad Social?
Sí, las deudas con la Seguridad Social se pueden eliminar con la Ley de la Segunda Oportunidad, pero con ciertos matices.
La exoneración de deudas con la Seguridad Social y Hacienda es una novedad introducida por la reforma de la Ley de la Segunda Oportunidad del año 2022. Hasta entonces, era habitual que se cancelaran este tipo de deudas, con límites, pero no era una posibilidad expresamente establecida en la ley, como sucede hoy en día.
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Contacte con nosotrosAhora, el nuevo artículo 489 de la Ley Concursal establece cuáles son las deudas que no son cancelables con este mecanismo legal, y entre ellas incluye, en principio, las deudas por créditos de derecho público, donde se encontrarían las deudas con la Seguridad Social.
No obstante, a continuación añade que las deudas con Hacienda y con la Seguridad Social se pueden exonerar hasta un máximo de 10.000 euros por deudor, exonerándose íntegramente los primeros 5.000 euros y a partir de esta cifra, el 50 % de la deuda, hasta el máximo de 10.000 euros.
1. La exoneración del pasivo insatisfecho se extenderá a la totalidad de las deudas insatisfechas, salvo las siguientes:
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5.º Las deudas por créditos de Derecho público. No obstante, las deudas para cuya gestión recaudatoria resulte competente la Agencia Estatal de Administración Tributaria podrán exonerarse hasta el importe máximo de diez mil euros por deudor; para los primeros cinco mil euros de deuda la exoneración será integra, y a partir de esta cifra la exoneración alcanzará el cincuenta por ciento de la deuda hasta el máximo indicado. Asimismo, las deudas por créditos en seguridad social podrán exonerarse por el mismo importe y en las mismas condiciones. El importe exonerado, hasta el citado límite, se aplicará en orden inverso al de prelación legalmente establecido en esta ley y, dentro de cada clase, en función de su antigüedad.
[...]
Es por ello que las deudas con la Seguridad Social se pueden cancelar completamente o en parte, dependiendo de cuál sea su cuantía. Por las reglas indicadas en la Ley Concursal, la exoneración será de 10.000 euros si la deuda es de un mínimo de 15.000 euros.
Ejemplo de cancelación de deudas de la Seguridad Social con la Ley de Segunda Oportunidad
Un autónomo tiene 30.000 euros de deuda con la Seguridad Social, entre otras deudas. Entonces:
- Los primeros 5.000 euros de deuda con la Seguridad Social quedarían exonerados.
- De los siguientes 25.000 euros, se exoneraría la mitad de la deuda hasta el límite de 10.000 euros. Así pues, quedarían cancelados otros 5.000 euros.
En este caso, se ha eliminado el máximo de 10.000 euros que indica la Ley Concursal.
¿Cuántas veces se pueden exonerar las deudas con la Seguridad Social con la Ley de la Segunda Oportunidad?
Las deudas con la Seguridad Social se pueden cancelar la primera vez que el deudor se acoja a la Ley de la Segunda Oportunidad. Aquellas exoneraciones que se puedan producir con posterioridad no alcanzarán a este tipo de deudas.