¿Cuándo prescribe una deuda bancaria?

Una persona que tiene una deuda con el banco y han pasado varios años desde el impago, puede que se pregunte si esa deuda ha prescrito. La prescripción es un mecanismo legal que permite dejar de responder por determinadas deudas cuando ha pasado un tiempo suficiente sin tener lugar determinadas acciones.

Prescripción deuda bancaria

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En este artículo explicamos cuándo prescribe una deuda bancaria, cómo se calcula ese plazo y qué ocurre con el caso específico de las hipotecas.

¿Qué significa que una deuda prescriba?

La prescripción de una deuda implica que el acreedor, que en este caso es el banco, pierde el derecho a reclamarla por el transcurso del plazo legal establecido sin que se hayan producido actos que interrumpan la prescripción: reclamaciones del acreedor, judiciales o extrajudiciales, o acciones por las que el deudor haya reconocido la deuda.

Cuando se produce algún acto de prescripción de la deuda, el plazo se reinicia, poniéndose a cero de nuevo. Algunas de las causas más habituales de interrupción, si bien no las únicas, son:

  • El envío de un burofax reclamando la deuda.
  • La presentación de una petición de juicio monitorio.
  • El reconocimiento implícito de la deuda por parte del deudor al comunicarse con el deudor.

Por eso, es muy importante no responder a una reclamación si no se tiene claro si la deuda ha prescrito, ya que un simple reconocimiento puede reactivar el plazo.

¿Qué plazo tiene el banco para reclamar una deuda?

La mayoría de las deudas bancarias (por préstamos personales, tarjetas, etc.) no tienen señalado un plazo de prescripción específico, y por eso se les aplica el plazo general del artículo 1964.2 del Código Civil tras la reforma operada en 2015, que es de 5 años.

Este plazo empieza a contar desde que la deuda es exigible, es decir, desde su vencimiento, que es cuando el banco puede reclamarla.

¿Cuál es el plazo de prescripción de una deuda hipotecaria?

Las deudas garantizadas con hipoteca tienen un régimen específico. Existen dos acciones diferentes que puede ejercitar el banco, y cada una tiene un plazo distinto:

Acción personal: 5 años

El banco dispone de 5 años para ejercitar la acción personal, es decir, para reclamar el pago como deuda ordinaria, contados desde su vencimiento.

Acción hipotecaria: 20 años

Si el banco quiere ejecutar la hipoteca para embargar y subastar el inmueble, dispone de 20 años para hacerlo. Así lo establece el artículo 1964.1 del Código Civil.

En este caso, el plazo comienza a partir de la fecha en que se puede iniciar la ejecución hipotecaria.

¿Qué hacer ante la reclamación de una deuda que se considera que ha prescrito?

Si una entidad le contacta para reclamar una deuda antigua, no actúe con precipitación. Es importante:

  1. No reconocer la deuda, ni verbalmente ni por escrito.
  2. Solicitar por escrito la documentación, para comprobar si el banco interrumpió el plazo.
  3. Consultar con un abogado especializado, que valore si realmente ha prescrito y te asesore sobre cómo responder.

En algunos casos, si ya han iniciado un procedimiento judicial, podrá alegar la prescripción como defensa.

¿Se puede seguir apareciendo en ASNEF si la deuda ha prescrito?

No, no se puede. Una deuda prescrita no debería seguir figurando en ficheros de morosos como ASNEF o Experian. Si los datos siguen apareciendo, el interesado puede solicitar la cancelación de sus datos y, si no le hacen caso, reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos o incluso presentar una demanda judicial.

¿Cómo saber si ha prescrito una deuda bancaria?

Para saber si una deuda ha prescrito, se debe tener en cuenta:

  • El tipo de deuda (personal o hipotecaria).
  • El tiempo transcurrido desde que fue exigible.
  • Si ha habido alguna actuación que haya interrumpido el plazo.

En todo caso, ante la duda, lo mejor es consultar a un abogado de confianza antes de responder o pagar. Puede marcar la diferencia entre tener que asumir una deuda o liberarte legalmente de ella.

Hay otra posible solución: la Ley de la Segunda Oportunidad

¿Tiene deudas bancarias que no puede pagar y por eso quiere saber si han prescrito? Si es así, debe saber que, si cumple las condiciones, puede acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad y conseguir que un juez las cancele.

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