¿Qué ocurre con el coche en la Ley de Segunda Oportunidad?

En este artículo vamos a centrarnos en qué ocurriría con el coche en caso de cancelar las deudas con la Ley de la Segunda Oportunidad.

¿Qué ocurre con el coche en la Ley de Segunda Oportunidad?

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La Ley de la Segunda Oportunidad supone importantísimas ventajas para las personas deudoras en situación de insolvencia. Sin embargo, en muchas ocasiones, a las personas que optan a este mecanismo les preocupa también el hecho de poder perder sus bienes.

Si me acojo a la Ley de la Segunda Oportunidad, ¿pierdo mi coche?

Acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad no significa tener que perder el coche. En primer lugar, hay que tener en cuenta que la Ley Concursal recoge dos formas de obtener la exoneración del pasivo insatisfecho (EPI), es decir, la cancelación de las deudas:

  1. La liquidación de la masa activa. Esto significa que el deudor tiene que deshacerse de todos sus bienes de valor (incluida la vivienda habitual); sin embargo, obtiene la exoneración definitiva de todas sus deudas al hacerlo.
  2. Seguir un plan de pagos. En este caso, el deudor consigue eliminar parte de sus deudas, y sigue atendiendo el pago del resto con un plan de pagos que, según el caso, durará 3 o 5 años. De este modo, puede conservar sus bienes. Hay que tener en cuenta que la exoneración de sus deudas es provisional mientras completa los pagos, y se hace definitiva una vez que estos finalizan.

Pues bien, el deudor puede mantener su coche si decide solicitar el seguimiento de un plan de pagos.

Además, si decide liquidar sus bienes en lugar de seguir un plan de pagos, hay ciertos casos en los que también podrá quedarse con el vehículo. Concretamente, los siguientes:

  • Si es necesario para el trabajo. No se incluye el hecho de necesitar el coche para ir a trabajar, sino que tiene que tratarse de un elemento necesario para el desempeño de la actividad, como ocurre en el caso de los taxistas, por ejemplo.
  • Si tiene un valor muy escaso. Por lo general, no se incluyen en la liquidación aquellos vehículos valorados en cantidades que no llegan a los 2.000 euros.
  • Si existe una deuda con una entidad financiera. En caso de haber financiado el coche y que aún no se haya amortizado la deuda, aquel tampoco entrará en la liquidación.
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