Pros y contras de la Ley de Segunda Oportunidad: ¿merece la pena?

La Ley de la Segunda Oportunidad es una oportunidad única para terminar con las deudas de forma legal y ponerse al día. Sin embargo, como cualquier tipo de procedimiento, tiene ventajas y desventajas.

Pros y contras de la Ley de Segunda Oportunidad

En este artículo explicamos todo lo que hay que tener en cuenta sobre la Ley de la Segunda Oportunidad, tanto a favor como en contra.

Pros de la Ley de la Segunda Oportunidad

Vamos a empezar por las ventajas de esta normativa, que son muchas y muy importantes.

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Se cancelan las deudas

La principal ventaja de la Ley de la Segunda Oportunidad es que con este mecanismo legal se eliminan deudas que no se pueden pagar. Es decir: el deudor queda exonerado de su pago, algo que en muchísimos casos representa el final de mucho tiempo de angustia y sufrimiento.

Los requisitos son sencillos

Otra ventaja fundamental de la Ley de la Segunda Oportunidad es que no hay que cumplir requisitos complejos para acogerse a esta normativa. Es por ello que son muchos los deudores que han conseguido ya empezar una nueva vida cancelando sus deudas con la Segunda Oportunidad.

Los embargos se suspenden

Una vez que se solicita la exoneración del pasivo insatisfecho (EPI) con la Ley de la Segunda Oportunidad, quedan paralizados todos los embargos, y tampoco se pueden sufrir nuevos embargos por las deudas cuya cancelación se solicita.

Cuando el juez dicta auto concediendo la cancelación de deudas, esta medida se hace definitiva. Más información sobre las consecuencias que surgen tras la concesión de la segunda oportunidad en este otro post.

Se puede salvar la vivienda y el coche

El deudor puede elegir entre:

  • Liquidar todos sus bienes, y así eliminar todas sus deudas de una vez.
  • Seguir un plan de pagos para pagar parte de sus deudas y cancelar de momento solo el resto, conservando así sus bienes.

Es por ello que no necesariamente hay que perder la vivienda ni el coche al acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad. Además, hay supuestos en los que se pueden conservar ciertos bienes aun habiendo optado por la liquidación (por ejemplo, si se trata de un coche con un escaso valor económico).

No hace falta tener bienes ni ingresos para acogerse

Al hilo de lo explicado en el apartado anterior, otra ventaja importante es que los deudores que no tienen bienes que liquidar, ni tampoco ingresos para seguir un plan de pagos, también pueden acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad. En estos casos, se sigue la vía de la IMA (insuficiencia de masa activa).

Se elimina la inclusión en ficheros de morosos y la CIRBE

Uno de los problemas que conlleva tener deudas impagadas es que el deudor puede ser incluido en listados de morosos, de los cuales, uno de los más conocidos es el ASNEF. Pero, una vez que el juez concede la EPI, toda la información se tiene que borrar de estos ficheros. De lo contrario, se podrá reclamar una indemnización.

Por otro lado, los datos del deudor desaparecerán también de la CIRBE (Central de Información de Riesgos del Banco de España), que no es un listado de morosos sino un registro en el que se aparece cuando se tienen más de 1.000 euros de deuda con un mismo acreedor.

Tanto los listados de morosos como la CIRBE pueden ser consultados por las entidades a la hora de valorar si conceder financiación. Por ello, es tan importante dejar de aparecer en ellos.

También se pueden cancelar las deudas con Hacienda y la Seguridad Social

Desde la entrada en vigor de la reforma de la Ley de la Segunda Oportunidad de 2022, está regulada la exoneración de deudas con Hacienda y la Seguridad Social, con un límite de 10.000 euros para cada organismo.

Hasta entonces, los jueces podían concederla, pero no era un derecho legalmente establecido, como ocurre hoy en día.

Los intereses de las deudas dejan de aumentar

También desde el inicio del procedimiento, los intereses dejan de crecer, por lo que la deuda no se hará más grande durante su transcurso.

No hay límite en la cuantía de las deudas a cancelar

En la actualidad, no hay un máximo de deudas que se pueden cancelar con la Ley de la Segunda Oportunidad. Hasta la reforma de 2022, sí había un límite de 5 millones de euros.

La resolución que concede la exoneración definitiva no se puede recurrir

Otra ventaja importante es que, una vez que el deudor consigue la exoneración definitiva del pasivo insatisfecho, nadie puede recurrirla.

Los pagos a los proveedores dejan de ser exigibles

Una ventaja evidente de la Ley de la Segunda Oportunidad en el caso de los deudores que son autónomos es que, una vez que empieza el procedimiento, ya no tienen que pagar a sus acreedores, lo que les facilita seguir adelante con sus actividades.

Contras de la Ley de la Segunda Oportunidad

Hay casos en los que se puede revocar la exoneración

La ley prevé algunos supuestos en los que existe la posibilidad de revocar la cancelación de las deudas. Sin embargo, el deudor que ha actuado bien no tiene de qué preocuparse, ya que son casos en los que ha habido mala fe, o bien un golpe de suerte en el plano económico que permitiría el pago de las deudas.

1. Cualquier acreedor afectado por la exoneración estará legitimado para solicitar del juez del concurso la revocación de la exoneración del pasivo insatisfecho en los siguientes casos:

1.º Si se acreditara que el deudor ha ocultado la existencia de bienes, derechos o ingresos.

2.º Si, durante los tres años siguientes a la exoneración con liquidación de la masa activa, o a la exoneración provisional, en caso de plan de pagos, mejorase sustancialmente la situación económica del deudor por causa de herencia, legado o donación, o por juego de suerte, envite o azar, de manera que pudiera pagar la totalidad o al menos una parte de los créditos exonerados. En caso de que la posibilidad de pago fuera parcial, la revocación de la exoneración solo afectará a esa parte.

3.º Si en el momento de la solicitud estuviera en tramitación un procedimiento penal o administrativo de los previstos en los ordinales 1.º y 2.º del apartado 1 del artículo 487, y dentro de los tres años siguientes a la exoneración en caso de inexistencia o liquidación de la masa activa, o a la exoneración provisional en caso de plan de pagos, recayera sentencia condenatoria firme o resolución administrativa firme.

2. La revocación no podrá ser solicitada una vez transcurridos tres años a contar desde la exoneración con liquidación de la masa activa, o desde la exoneración provisional en caso de plan de pagos.

Artículo 493 de la Ley Concursal

No todas las deudas se pueden cancelar

Otra de las desventajas destacables de la Ley de la Segunda Oportunidad es que hay deudas no exonerables, debido a su especial naturaleza, si bien es cierto que son unas cuantas excepciones frente a la gran mayoría de la tipología de deudas posibles, que sí se pueden exonerar.

Estas excepciones se encuentran en el artículo 489 de la Ley Concursal, y algunas de las más destacables son las deudas de alimentos o las deudas por daños personales o fallecimiento contraídas en concepto de responsabilidad civil extracontractual.

No es compatible con el concurso culpable

Los deudores a los que se haya declarado el concurso culpable no se pueden acoger a la Ley de la Segunda Oportunidad. Existe una salvedad: si la calificaciones se debe a que el deudor no ha cumplido su obligación de solicitar la declaración del concurso, se podrán valorar las circunstancias por la que ha sucedido así.

Se requiere tener deudas con al menos dos acreedores

Una de las desventajas más claras es que, por muy altas que sean las deudas que se tengan con un acreedor, si no existe otro acreedor, no es posible acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad.

No obstante, y en contrapartida a lo anterior, se tendrán en cuenta en el cómputo aquellos acreedores con los que se esté al día de pago.

El deudor puede ver suspendidas sus facultades para administrar su patrimonio

Esta es una medida que se puede ordenar de forma temporal, impidiendo que el deudor administre sus propios bienes sin que se autorice desde el juzgado.

Inclusión en el Registro Público Concursal

La resolución por la que se conceda la exoneración definitiva del pasivo insatisfecho se publica en el Registro Público Concursal, y podrá consultarla cualquier persona. No obstante, se cancelará la información al mes siguiente a aquel en que terminen sus efectos.

Entonces, ¿merece la pena la Ley de la Segunda Oportunidad?

La Ley de la Segunda Oportunidad merece mucho la pena si se cumplen los requisitos, porque es la vía legal para salir de una situación de insolvencia compleja.

En estos casos, solo podría no compensar cuando el importe de las deudas no sea muy alto, por los costes del procedimiento (orientativamente, podría ocurrir si el importe de las deudas exonerables supera los 10.000 euros).

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