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Contacte con nosotrosUna vez que se inicia el procedimiento de la Segunda Oportunidad, ¿se paralizan los embargos?
Sí, los embargos se paralizan una vez que se pone en marcha el procedimiento de la Ley de la Segunda Oportunidad para conseguir la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI).
Por lo tanto, si existían embargos ya en marcha sobre los bienes patrimoniales del deudor solicitante, estos quedarán suspendidos. Además, hay que tener en cuenta que, desde el mismo momento en que comienza el proceso, tampoco se pueden ordenar nuevos embargos.
Es importante recalcar que la ley solo indica que no se pueden continuar ni iniciar embargos durante un plazo de 3 meses, salvo que se ordene la prórroga de estas medidas. Pero lo cierto es que, en la práctica, esta medida continúa vigente durante todo el procedimiento.
¿Qué ocurre con los embargos cuando termina el procedimiento?
Una vez que el proceso ha terminado, si el deudor cumplía los requisitos y, por ello, se le ha concedido la EPI, la paralización de los embargos se hará definitiva. Ocurre igual con la imposibilidad de que se produzcan embargos nuevos sobre el patrimonio del deudor.
La paralización de embargos: una de las razones para iniciar la Segunda Oportunidad
El procedimiento de la Ley de la Segunda Oportunidad se inicia con la intención de eliminar deudas legalmente, en aquellos casos en los que el deudor no puede pagarlas, pero cumple ciertos requisitos que establece la Ley Concursal.
No obstante, paralizar los embargos es otro de los motivos para acudir al procedimiento. Además, una vez que el deudor consigue la exoneración de sus deudas, sus datos tienen que ser borrados de aquellos listados de morosidad en los que aparezca.
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