¿Qué es y cómo funciona el concurso de acreedores?

¿Su empresa se encuentra en una situación económica desfavorable y no puede hacer frente a las deudas? Existe la posibilidad de solicitar un concurso de acreedores para intentar superar la situación de insolvencia y mantener a flote su negocio.

Concurso de acreedores

Cuando una empresa insolvente no tiene capacidad para pagar la totalidad de sus deudas, puede acogerse a un concurso de acreedores. A continuación explicamos en qué consiste este procedimiento.

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¿En qué consiste el concurso de acreedores?

Un concurso de acreedores es un mecanismo destinado principalmente a las empresas que no puedan afrontar sus deudas contraídas con una pluralidad de acreedores. Debe tratarse, necesariamente, de personas jurídicas.

De forma análoga, y desde 2015, existe un tipo de procedimiento concursal específico para personas físicas (particulares y autónomos) denominado Ley de Segunda Oportunidad.

Las principales funciones del concurso de acreedores son:

  • Satisfacer las deudas y garantizar el cobro de todos los acreedores en las mismas condiciones.
  • Ofrecer la oportunidad de continuar con la actividad económica, a pesar de la insolvencia de la empresa, a través de alternativas de pagos.
  • Establecer un orden de prelación de créditos, que permite organizar los pagos por niveles (siempre que exista capital suficiente para todos los niveles):
    • En primer lugar, se satisfacen los créditos necesarios para la continuidad de la actividad y la tramitación del concurso (créditos contra la masa o extraconcursales).
    • Después, la prioridad sería el pago correspondiente a los créditos laborales, contra la Seguridad Social y contra la Hacienda Pública (créditos privilegiados).
    • Por último, se satisfacen el resto de créditos (créditos subordinados).

Declaración del concurso de acreedores

Será obligatorio solicitar la declaración de concurso cuando sea imposible cumplir con las obligaciones regularmente y la empresa se encuentre en una situación de insolvencia actual o inminente.

Podrán solicitar que se declare el concurso:

  1. El propio empresario en un plazo de 2 meses desde que conozca su insolvencia. Este concurso se denomina concurso voluntario, y, si el empresario no lo solicita, puede enfrentarse a la declaración de concurso culpable.
  2. Los acreedores que hayan intentado cobrar un crédito sin conseguirlo, o los socios de la propia empresa. En este supuesto, nos encontramos ante un concurso necesario.

El responsable de declarar el concurso debe aportar una serie de documentos para acreditar la situación de insolvencia de la compañía y que se valore la procedencia del concurso, como: una memoria económica, un inventario de bienes y derechos y una lista completa de los acreedores.

Procedimiento del concurso de acreedores

El concurso de acreedores puede suponer cuatro fases distintas, aunque, dependiendo de cada caso, el concurso podrá seguir un proceso ligeramente distinto.

No es necesario que concurran siempre todas las fases, por lo que el modo de concluir un concurso y su duración es muy variable.

Actos previos

En esta fase se incluyen diversos actos como la solicitud de iniciación del concurso, la documentación y los primeros pasos procesales. Todo ello conduce al auto de admisión a trámite, que abrirá la siguiente fase.

Fase común

El objetivo de esta fase es preservar el patrimonio del deudor y determinar el alcance del concurso.

Se declara el concurso y se despliegan las siguientes obligaciones para las partes:

  • El deudor tendrá la obligación de colaborar y limitar sus facultades patrimoniales.
  • Los acreedores tendrán limitada su capacidad de reclamación (las ejecuciones se paralizan) y no podrán presentar nuevas demandas.
  • La administración concursal debe participar en los actos de disposición del empresario y conservar o administrar la masa activa.

La fase se cierra con la elaboración de un informe de la administración concursal sobre el estado económico de la empresa, el inventario y los acreedores.

Fase de resolución

La resolución del concurso de acreedores puede producirse por dos vías diferentes:

1) Convenio

Supone llegar a un acuerdo con los acreedores para permitir el pago introduciendo quitas y/o esperas. Esta vía requiere la aprobación judicial y el seguimiento de lo pactado para asegurar el cumplimiento.

Existe la posibilidad de realizar una propuesta de convenio de forma anticipada.

2) Liquidación

En el peor de los casos, cuando el proyecto se haya vuelto inviable, el concurso se resolverá con la liquidación del patrimonio del deudor para satisfacer en la medida de lo posible el pago de las deudas.

Calificación del concurso

En los casos de liquidación, incumplimiento del convenio o en el supuesto de que se hayan aprobado convenios que perjudiquen a los acreedores, el concurso podrá ser calificado como fortuito o como culpable.

La culpabilidad del concurso se determina cuando una persona ha contribuido a producir o agravar la insolvencia mediante dolo o culpa.

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