¿Cómo saber si me han incluido en ASNEF?

Estar inscrito en un fichero de morosidad como ASNEF puede tener importantes consecuencias en la vida financiera de cualquier persona. Muchas veces, la inclusión se produce tras el impago de una deuda con una entidad bancaria, una compañía telefónica o una empresa de suministros, y puede suponer dificultades a la hora de contratar nuevos servicios o acceder a financiación.

Saber inclusión asnef

Por ello, resulta fundamental conocer si se está inscrito en este registro y cuáles son los pasos a seguir para obtener la información. Aunque la sospecha de aparecer en ASNEF puede generar preocupación, el procedimiento para confirmarlo es relativamente sencillo y está amparado por la normativa de protección de datos.

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Cómo comprobar si estoy en ASNEF

Las distintas vías de las que se dispone para saber si se está incluido en ASNEF son las siguientes:

Solicitud directa a ASNEF

La opción más directa es ejercer el derecho de acceso ante Equifax, empresa que gestiona el fichero. Para ello, se puede:

  • Solicitar la información a través de la web oficial de Equifax (www.asnef.com), donde existe un formulario específico para ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión (cancelación), oposición o limitación del tratamiento de los datos.
  • Remitir una carta al apartado de correos 10.546, 28080 Madrid, indicando el nombre completo, dirección de contacto y la petición expresa de acceso a los datos. También en este caso hay que adjuntar copia del DNI o NIE.
  • Enviar un correo electrónico a sac@equifax.es, adjuntando nuevamente copia del documento acreditativo de la identidad y un escrito sencillo solicitando el ejercicio del derecho de acceso. Debe incluir la misma información indicada en el apartado anterior.

La respuesta debe emitirse en un plazo máximo de 30 días y debe incluir datos como la cuantía reclamada, la identidad de la empresa que ha informado del impago y la fecha de inscripción. Conocer esta información es esencial para decidir cómo afrontar la situación y valorar posibles soluciones.

Consulta a la entidad acreedora

La empresa que ha comunicado la deuda (banco, compañía de telecomunicaciones, aseguradora, etc.) debe informar de la inscripción y facilitar los datos necesarios. Por ello, otra posibilidad es consultar directamente con el acreedor.

Acceso por representación

También es posible autorizar a un tercero, como un abogado, para que solicite la información en nombre del interesado.

La Ley de la Segunda Oportunidad como salida a las deudas

En muchos casos, la inclusión en un fichero de morosidad no es el verdadero problema, sino la existencia de una deuda imposible de afrontar. Ante esta situación, la Ley de la Segunda Oportunidad se presenta como una vía legal para cancelar total o parcialmente las deudas de las personas físicas, tanto autónomos como particulares. Este procedimiento permite empezar de nuevo sin la carga de impagos acumulados, siempre que se cumplan unos requisitos muy básicos previstos en la normativa.

Contar con el asesoramiento de un abogado especializado resulta clave para valorar la viabilidad del caso y guiar al deudor durante todo el proceso. Gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad, es posible dejar atrás registros como ASNEF y recuperar la estabilidad económica.

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