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Somos abogados especialistas en Ley de la Segunda Oportunidad en Murcia. Si quiere cancelar sus deudas contacte con nosotros e infórmese sin compromiso.
Contacte con nosotrosSin embargo, existen dudas respecto a qué deudas pueden cancelarse y cuáles no, y en este artículo vamos a centrarnos en las deudas por multas.
¿Las deudas por multas se pueden eliminar con la Ley de la Segunda Oportunidad?
Las deudas derivadas de multa pueden ser exoneradas a través de la Ley de la Segunda Oportunidad, salvo en los casos siguientes:
- Las multas de naturaleza penal, es decir, las multas impuestas en una sentencia condenatoria dictada en un proceso penal.
- Las multas por sanciones administrativas muy graves, es decir, aquellas que se imponen en un procedimiento administrativo a quien ha cometido una infracción administrativa calificada legalmente como muy grave.
¿Por qué no se pueden exonerar este tipo de multas?
Estas deudas no se pueden cancelar por la vía de la Segunda Oportunidad porque se encuentran entre las excepciones que el artículo 489.1.6º de la Ley de la Segunda Oportunidad deja al margen de los efectos de este mecanismo legal.
La gran mayoría de las deudas se pueden cancelar si se cumplen los requisitos para acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad, pero hay algunas deudas que, por su especial naturaleza, no entran dentro de su ámbito de aplicación. Y entre ellas se encuentran las multas penales y las multas administrativas muy graves.
1. La exoneración del pasivo insatisfecho se extenderá a la totalidad de las deudas insatisfechas, salvo las siguientes:
(...)
6.º Las deudas por multas a que hubiera sido condenado el deudor en procesos penales y por sanciones administrativas muy graves.
(...)
¿En qué casos se pueden cancelar las demás multas?
Las multas de cualquier otro tipo se podrán cancelar siempre y cuando el deudor cumpla los requisitos para acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad.
Uno de ellos, a tener especialmente presente en este caso, es que el deudor debe tener deudas con dos o más acreedores. A fin de cuentas, el mecanismo de la Ley de la Segunda Oportunidad no es más que una modalidad de concurso de acreedores prevista para las personas jurídicas, por lo que requiere necesariamente una pluralidad de acreedores.
Por tanto, una multa que no sea penal ni por sanción administrativa muy grave se podrá cancelar si el deudor tiene deudas con otros acreedores, entre otras condiciones.
Infórmese y descubra si puede acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad
La Ley de la Segunda Oportunidad permite a personas físicas (tanto particulares como autónomos) liberarse de una carga económica insostenible mediante un procedimiento regulado y con garantías legales. Este mecanismo ofrece una vía realista para cancelar deudas, frenar embargos y recuperar la estabilidad financiera.
Si atraviesa una situación de sobreendeudamiento, es fundamental analizar su caso concreto con un profesional del derecho especializado en esta normativa. Un asesoramiento adecuado no solo le permitirá confirmar si cumple los requisitos legales, sino también iniciar el proceso con seguridad y con las máximas garantías de éxito para comenzar una nueva etapa libre de deudas.