¿Cuál es la documentación necesaria para acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad?

Cuando una persona se ve atrapada por las deudas y ya no encuentra salida, la Ley de la Segunda Oportunidad puede convertirse en el camino para empezar de nuevo. Ahora bien, para iniciar este procedimiento no basta con manifestar la intención de hacerlo: es necesario acreditar la situación personal y económica mediante una serie de documentos.

Documentación Segunda Oportunidad

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Reunir correctamente estos documentos es fundamental para que el proceso avance sin trabas. Por eso, a continuación explicamos de cuáles se trata.

¿Qué documentación tiene que presentar el solicitante?

El expediente comienza siempre con un documento clave: la memoria explicativa de la historia económica y jurídica del deudor, atendiendo a todo lo dispuesto respecto a la misma en el artículo 7.1.º de la Ley Concursal.

Junto a esa memoria, se debe presentar una documentación que abarca distintos ámbitos de la vida del solicitante:

  • En primer lugar, los datos personales y familiares, para lo que hay que presentar:
    • El DNI o NIE, certificado de nacimiento y de empadronamiento.
    • El libro de familia, en caso de tenerlo.
    • Si la persona está casada o lo ha estado, la certificación del matrimonio, y si se ha producido un divorcio, la sentencia y el convenio regulador, en su caso.
  • En segundo lugar, los ingresos y situación laboral, aportando:
  • En el terreno fiscal, se requieren las declaraciones de la renta correspondientes a los tres últimos años.
  • En cuanto a la vivienda y el patrimonio, hay que entregar:
    • Una nota simple del Registro de la Propiedad relativa al domicilio, con independencia de que el solicitante sea o no propietario, ya que sirve para acreditar ambos casos.
    • Si vive de alquiler, el contrato. 
    • La documentación del vehículo, si se dispone de uno.
  • Se solicita toda la información sobre la economía doméstica:
    • Un certificado de titularidad de la cuenta bancaria.
    • Un listado actualizado de deudas.
    • Relación estimada de gastos mensuales (vivienda, suministros, alimentación, etc.).
    • Si existen procedimientos judiciales en curso, una indicación clara de cada uno con sus datos básicos (número de expediente, juzgado, acreedor y cantidades reclamadas).
  • Finalmente, presentando el certificado de antecedentes penales se acreditará el cumplimiento de ciertos requisitos para obtener la exoneración.

¿Y si el solicitante es autónomo?

Cuando se trata de un trabajador por cuenta propia, la ley exige una información más completa de su actividad profesional. Por eso, además de la documentación general, habrá que aportar:

  • Los certificados de alta en el RETA y en el censo de empresarios de la Agencia Tributaria.
  • Los tres últimos recibos de la cuota de autónomos.
  • Los certificados de estar al corriente con Hacienda y con la Seguridad Social.
  • Las cuentas anuales de los tres últimos ejercicios, junto con las tres últimas declaraciones trimestrales de IRPF (modelo 130 o 131) y de IVA (modelo 303), o IGIC en Canarias.
  • En caso de que exista una sociedad a nombre del deudor, las escrituras de constitución. Es importante destacar aquí que la exoneración de las deudas sería para las deudas personales, no para las de la empresa, ya que estas se tratan en un procedimiento distinto, que es el concurso de acreedores.
  • Y, si tiene empleados, un listado con los trabajadores a su cargo.

¿Dónde se presentan estos documentos?

Toda la documentación se presenta en el juzgado de lo mercantil competente. Hoy día comienza directamente así el procedimiento, a diferencia de lo que ocurría antes de una reforma que tuvo lugar en 2022, cuando hacía falta pasar por una primera fase extrajudicial intentando llegar a un acuerdo de pagos con los acreedores.

¿Por qué es tan importante preparar bien el expediente?

Todos estos documentos no son un simple formalismo: cada uno cumple la función de acreditar la situación del deudor con la mayor transparencia posible. Solo así se puede valorar si se cumplen los requisitos para que las deudas queden exoneradas.

Un expediente incompleto o con incoherencias puede retrasar el procedimiento o incluso impedir que prospere. Por eso es aconsejable trabajar con un abogado especializado en Segunda Oportunidad, que ayude a preparar toda la documentación, obtener certificados actualizados, ordenar la información y evitar errores.

Un paso decisivo hacia la tranquilidad económica

La Ley de la Segunda Oportunidad es una vía real para dejar atrás las deudas, pero solo funciona si se prepara adecuadamente. La memoria explicativa y la documentación completa son la base del procedimiento.

Si se está valorando iniciar este camino, lo mejor es asesorarse cuanto antes. Un abogado experto puede ayudar a reunir los documentos necesarios y a presentar el caso con las mayores garantías.

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