¿Me puedo acoger a la Ley de Segunda Oportunidad si estoy trabajando?

Acumular deudas puede convertirse en una carga que condiciona todos los aspectos de la vida: afecta a la tranquilidad, limita decisiones y, en muchos casos, impide mirar al futuro con esperanza. Por eso, cada vez más personas se plantean si pueden acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad para empezar de cero. Una de las dudas más frecuentes al respecto es si es posible iniciar este procedimiento estando en activo, es decir, con un empleo o con ingresos regulares.

Ley Segunda Oportunidad trabajando

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En este artículo explicamos si la Ley de Segunda Oportunidad está disponible para quienes están trabajando y qué condiciones hay que reunir para acogerse a este mecanismo.

¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?

La Ley de Segunda Oportunidad permite a las personas físicas (autónomos o particulares) liberarse de sus deudas si no pueden afrontarlas, siempre que cumplan ciertos requisitos. 

Su finalidad es ofrecer una salida legal a quienes se encuentran en una situación de sobreendeudamiento, para que puedan empezar de nuevo sin arrastrar cargas económicas imposibles de asumir.

¿Es posible acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad si se está trabajando?

Sí, estar trabajando no impide acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad. De hecho, muchas personas que inician este procedimiento tienen empleo o ingresos regulares. Lo importante no es por tanto si tienes trabajo, sino si tus ingresos son suficientes para hacer frente a todas tus deudas.

Lo que se analiza en estos casos es si existe una situación de insolvencia: es decir, que no se puedan pagar las deudas, a pesar de estar generando ingresos. Por ejemplo, si los ingresos se destinan a cubrir gastos básicos y no se puede hacer frente a los préstamos o tarjetas de crédito, se podría acceder a esta ley si se reúnen las demás condiciones para ello.

¿Qué requisitos hay que cumplir?

Para poder iniciar el procedimiento de segunda oportunidad, se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Ser una persona física (autónomo o particular).
  • Estar en situación de insolvencia, que puede ser actual o inminente, si se prevé entrar en ese estado en los próximos 3 meses.
  • Tener deudas con al menos dos acreedores, contando aquellos con los que se esté al día en los pagos.
  • Haber actuado de buena fe, lo que implica no encontrarse en ninguno de los casos del artículo 487.1 de la Ley Concursal (no tener condenas firmes por ciertos delitos durante los 10 últimos años, no haber haber incumplido los deberes de colaboración e información con el juez del concurso y la administración concursal, etc.).
  • No haberse acogido a la Ley de la Segunda Oportunidad durante los últimos 2 años con plan de pagos o con 5 años con liquidación de bienes.

¿Qué pasa con el sueldo durante el procedimiento?

Durante el proceso, se respetan los ingresos laborales del deudor. No obstante, este puede, si tiene cierta capacidad económica que se lo permita, solicitar el seguimiento de un plan de pagos para cancelar una parte de sus deudas solo y seguir atendiendo el resto, a cambio de mantener su patrimonio.

Por tanto, al deudor no se le van a quitar sus ingresos. La finalidad de esta ley no es castigar, sino ayudar a personas en una situación económica muy complicada a salir adelante.

¿Qué deudas se pueden cancelar?

La Ley de Segunda Oportunidad permite cancelar la mayoría de las deudas, como préstamos personales, tarjetas de crédito, descubiertos bancarios o avales. También es posible liberar ciertas deudas públicas (concretamente, con Hacienda o la Seguridad Social), aunque estas últimas tienen un tratamiento más limitado.

En el artículo 489 de la Ley Concursal se establecen las deudas que no son exonerables.

¿Qué ventajas tiene acogerse a esta ley?

La principal ventaja es que, una vez superado el proceso, el deudor puede empezar de cero sin deudas. Esto le permite rehacer su vida financiera, recuperar su estabilidad personal y familiar y acceder a oportunidades que antes estaban bloqueadas por su situación económica.

Además, puede evitar los embargos y dejar de figurar en ficheros de morosos como ASNEF o BADEXCUG.

¿Se necesita abogado para iniciar el procedimiento?

Sí, la ley exige abogado y procurador para acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad, siendo recomendable contar con asesoramiento legal especializado. 

El procedimiento puede ser complejo, y es clave presentar bien toda la documentación, seguir los pasos correctamente y demostrar los requisitos, como la buena fe del deudor.

Si está trabajando pero no puede pagar sus deudas, consúltenos y descubra si puede acogerse a este mecanismo para dejar atrás sus deudas y empezar de nuevo con tranquilidad.

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